Del 13 al 17 de marzo Datysoc estuvimos en Ginebra, Suiza, participando en la 43a sesión del Comité Permanente de Derecho de Autor y Derechos Conexos (SCCR43) de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).

Datysoc integra la Alianza de la Sociedad Civil Latinoamericana por el Acceso Justo al Conocimiento y también la coalición global por el acceso al conocimiento, A2K Coalition a nivel global. A lo largo de la sesión, tanto desde la alianza como desde la coalición global, planteamos una posición unificada para promover el derecho humano de acceso al conocimiento.

Imágenes por ProtoplasmaKid / Wikimedia Commons CC BY 4.0

Qué pasó en el SCCR43

Durante la semana en que sesionó el comité, los dos temas principales fueron el borrador de tratado de radiodifusión y la agenda de limitaciones y excepciones. El último día quedó espacio para un conjunto de otros temas. Pueden leer el resumen de la sesión que hizo la presidencia del comité, o seguir leyendo nuestra reseña.

Tratado de radiodifusión

El 13 y 14 de marzo se presentó y debatió un nuevo borrador del tratado sobre radiodifusión. Este tratado, promovido sin éxito por corporaciones europeas desde hace más de 25 años, busca crear una nueva capa de derechos para las empresas de radiodifusión.

Lo que plantea el borrador de tratado parece sencillo: se otorgan nuevos derechos exclusivos a los radiodifusores (derechos de retransmisión, fijación y transmisión diferida). Estos derechos exceden el ámbito de la radiodifusión tradicional y abarcan las transmisiones por internet. Pero el borrador no tiene nada de sencillo, dado que sus consecuencias prácticas resultan difíciles de entender incluso para los expertos que redactaron el proyecto. A continuación, algunos ejemplos.

En términos del artículo 2 en su literal e, califican potencialmente como radiodifusores tanto una empresa de radiodifusión reconocida (TV o radio) como una institución educativa que transmite un evento en su cuenta de Facebook o una organización gubernamental que hace una transmisión en YouTube. Esto genera confusión y seguramente generará efectos secundarios sobre la circulación de contenidos y la libertad de expresión en Internet.

El derecho de fijación del artículo 7 es otro ejemplo de provisión confusa y potencialmente dañina. Podemos preguntarnos si este derecho de fijación no excede el objetivo declarado como fundamento del tratado, que es el combate contra la mal llamada “piratería” o retransmisión no autorizada de señales. El panel de expertos redactores del proyecto no logró responder satisfactoriamente a esta pregunta ni aclarar la mayoría de las dudas que le fueron planteadas: ¿qué relación existe entre el derecho de fijación de la señal y el contenido transmitido por la señal?, ¿no sería una forma de apropiación de contenidos de terceros por parte de un radiodifusor?, ¿cómo afecta este derecho al derecho de autores y otros derechos conexos?, ¿cómo afecta este derecho al ecosistema de acceso a la cultura? 

Durante la discusión, las organizaciones de la Alianza de América Latina advertimos que este tratado podría aplicarse a obras que no son propiedad del organismo de radiodifusión o incluso que son de dominio público. Además, tal como está redactado en la actualidad, el derecho no tendría plazo de expiración. El resultado sería una maraña de derechos superpuestos que haría más costoso, complejo y lento para las personas usuarias obtener permisos para usar el contenido transmitido, e inclusive sería muy difícil comprender con quién deberían negociarse estos derechos.

Por otra parte, el borrador de tratado ofrece una lista cerrada e insuficiente de excepciones y limitaciones, sujeta además a una regla de tres pasos. Nuestras organizaciones plantearon que en cualquier tratado debería haber un conjunto de excepciones mandatorias, así como la flexibilidad para establecer nuevas excepciones por razones de interés público.

En suma, la posición planteada por nuestra alianza es que este tratado no debe avanzar en el estado actual, pero que, si llegara a avanzar, deberían reforzarse sustancialmente las provisiones sobre excepciones y eliminarse el derecho de fijación.

Si bien el tratamiento del tratado sobre radiodifusión en la agenda del SCCR es preocupante, en la actualidad un instrumento de estas características no cuenta con un apoyo importante por parte de los estados miembros de la OMPI. Mientras que la Unión Europea y el Reino Unido apoyan el tratado, la mayoría de los estados, incluyendo los de América Latina y África, pero también Estados Unidos, China y Japón, no lo apoyan por diferentes motivos. Existe un rechazo amplio a que el objeto de la protección se extienda a actividades posteriores a la fijación, dado que interferiría con los derechos relacionados con el contenido. Además, entre los estados no hay acuerdo sobre si un eventual tratado debería cubrir las actividades de radiodifusión a través de Internet, o solo la radiodifusión tradicional. El hecho de que no se prevea un plazo de protección también generó polémica, así como el alcance demasiado estrecho de las excepciones.

Dado que no hay acuerdo en tantos aspectos, el comité resolvió revisar el borrador una vez más y presentar una nueva versión en el próximo SCCR, que se llevará a cabo en noviembre de 2023.

Agenda de limitaciones y excepciones

El 15 y 16 de marzo fue el turno de discutir las excepciones y limitaciones al derecho de autor. Es un tema que se viene abordando desde principios de siglo en las sesiones del comité, y cuyo máximo logro ocurrió en 2013 con el Tratado de Marrakech, que facilita el acceso a las obras por parte de las personas con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso. La agenda actual de excepciones y limitaciones al derecho de autor incluye el derecho a la educación, el derecho de acceso al patrimonio cultural brindado por bibliotecas, archivos y museos, y el derecho a la investigación.

El principal asunto abordado en relación a este tema fue la propuesta revisada presentada por el Grupo Africano sobre un programa de trabajo en excepciones y limitaciones al derecho de autor. Las organizaciones de nuestra alianza apoyamos este programa de trabajo, del que ya se habían aprobado 2 puntos en la sesión anterior del SCCR, dado que, en el contexto actual, es el camino que cuenta con mayores consensos para promover el interés público en la OMPI. Si bien todavía es lejana la meta de contar con uno o más tratados vinculantes para proteger los derechos a la educación, a la investigación y al patrimonio, este plan de trabajo renueva las expectativas de mantener vivo el tema y obtener logros significativos. La buena noticia es que el programa de trabajo fue aprobado por el comité. Los temas del plan de trabajo incluyen:

  1. promover la adecuación de excepciones para asegurar que las leyes a nivel nacional habiliten las actividades de preservación de bibliotecas, archivos y museos, incluyendo el uso de materiales preservados;
  2. promover la adaptación de las excepciones al entorno en línea, por ejemplo, permitiendo la enseñanza, el aprendizaje y la investigación a través de herramientas digitales y en línea; 
  3. revisar la implementación del Tratado de Marrakech y garantizar que las personas con otras discapacidades (también cubiertas por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad) puedan beneficiarse de protecciones similares, en particular para beneficiarse de las nuevas tecnologías.

Luego de que estos temas sean discutidos existe un compromiso de abordar temas nuevos como las limitaciones y excepciones relativas a la investigación (especialmente en materia de minería de textos y datos), la relación entre las normas de derechos de autor y la Recomendación de la UNESCO sobre la Ciencia Abierta (2021), el tema de las cláusulas contractuales y las medidas tecnológicas de protección que invalidan las excepciones y limitaciones, y también las cláusulas de exención de responsabilidad para las instituciones docentes y de investigación, así como las que se encargan del patrimonio cultural.

Además de los temas, el programa de trabajo incluye cuestiones procedimentales para que los resultados del trabajo sean sustantivos. Si bien el plan no establece que su resultado final será un proyecto de tratado vinculante (como desean los países del Grupo Africano y las organizaciones que promovemos el acceso al conocimiento), tampoco niega esa posibilidad (como preferirían los estados de la Unión Europea o Estados Unidos). Fruto de las negociaciones, se llegó a una redacción que establece que el plan se pondrá en práctica “sin prejuzgar el resultado final”.

Más allá de la aprobación integral del programa de trabajo presentado por el Grupo Africano, durante el SCCR43 se presentaron documentos sobre excepciones y limitaciones encargados en la sesión anterior del comité. Los expertos Pantalony, Crews y Sutton presentaron una guía práctica sobre preservación, que es una herramienta útil para adecuar las leyes nacionales a las nuevas prácticas de preservación en instituciones de patrimonio. Quizás lo más destacado de esta guía es la inclusión del concepto de preservación preventiva, que promueve la digitalización completa de los acervos de bibliotecas, archivos y museos para afrontar riesgos potenciales como desastres naturales, conflictos humanos y el cambio climático.

Las organizaciones de nuestra alianza opinamos favorablemente sobre la guía de preservación, pero señalamos que sería oportuno complementar la guía abordando el problema específico de las obras huérfanas así como el acceso por parte de la ciudadanía a las obras preservadas, dado que toda preservación tiene como fin último ampliar el acceso al patrimonio.

Por otra parte, tuvo lugar un panel sobre cuestiones transfronterizas en la educación y la investigación. Los miembros del panel presentaron, en general, una visión estrecha y poco realista de este problema, según la cual la solución ideal consistiría en la negociación de licencias colectivas entre las instituciones educativas y los titulares de derechos de autor. Desde nuestra alianza señalamos que la negociación de licencias colectivas es una solución insuficiente que no da cuenta de las prácticas cotidianas de creación y uso de materiales en América Latina. Es necesario en primer lugar un marco sólido de excepciones al derecho de autor. Para ilustrar este problema, presentamos casos en los que investigadores, docentes y estudiantes de Latinoamérica sufren bloqueos de acceso a contenidos académicos cuando estudian o investigan en países del Norte Global. Además, trajimos al comité los resultados de nuestra investigación sobre inteligencia artificial y derecho de autor en América Latina, en la que recomendamos un texto modelo de excepción al derecho de autor para la investigación basada en métodos modernos. 

Otros temas

Después de abordar los dos temas principales, el comité dedicó el resto del tiempo a otros asuntos. Se debatió sobre el derecho de autor en el entorno digital, con el foco principal puesto en las plataformas de música. Además, un puñado de estados insistieron en la idea de estudiar el modelo de derechos de remuneración por el préstamo público de obras en bibliotecas. Nuestra alianza latinoamericana, así como toda la coalición global A2K, expresamos nuestra oposición tajante al préstamo público pago. Resaltamos las consecuencias gravísimas que traería la inclusión de un sistema así en las bibliotecas y archivos del Sur Global, inclusive bajo el modelo de gestión de este derecho de préstamo por parte del Estado. Los magros presupuestos de las bibliotecas y archivos del Sur son incapaces de afrontar este tipo de medidas. Las bibliotecas de barrio, las bibliotecas populares, las bibliotecas de las municipalidades, las bibliotecas de escuelas rurales, e inclusive las grandes bibliotecas y archivos públicos, ya tienen continuos problemas de financiamiento. El cierre de este tipo de instituciones culturales sería una consecuencia altamente probable si los países del Sur comenzaran a utilizar modelos de préstamo de pago.

Conclusiones

El balance del SCCR43 es positivo: se logró avanzar con la agenda de limitaciones y excepciones, en tanto quedaron claros los riesgos del tratado sobre radiodifusión. Pero sobre todo, celebramos la presencia nutrida y el trabajo conjunto que tuvo la sociedad civil latinoamericana en este SCCR43. Tanto nuestra alianza latinoamericana como la coalición global A2K logramos articular las necesidades de la educación, las instituciones de patrimonio y los derechos de usuarias y usuarios, haciendo que se escuche bien fuerte la voz del interés público en la OMPI.


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