¿Te parece bien que la policía tenga el poder de bloquear sitios web y crear listas de sitios prohibidos, todo esto sin orden judicial? Bueno, eso es lo que plantea el Proyecto Ley sobre Protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en los entornos digitales que se encuentra en la agenda de la Comisión Especial De Innovación, Ciencia y Tecnología de la Cámara de Representantes (Asunto: 151697).

Este proyecto establece la creación de un registro de dominios de internet que las telcos deberán bloquear. Será la policía la que decidirá qué sitios contienen «material sexual que involucre a menores» o «faciliten prácticas» que los pongan en riesgo.

Pero, ¿Quién define los parámetros de riesgo? La posibilidad de que el Ministerio del Interior incluya en el registro y solicite el bloqueo de sitios web basándose en criterios arbitrarios o en valoraciones morales inadecuadas es muy alta y no se prevé control previo de ningún tipo. ¿Qué implica “facilitar prácticas” que pongan en riesgo a menores? Estas prácticas pueden ocurrir en cualquier foro, plataforma o sitio web sin noticia de los administradores de estos sitios. Para que un administrador de una plataforma web no sea “facilitador”, ¿acaso debe monitorear o vigilar a cada usuario?

El proyecto también considera ilegal la representación (simulada) de imágenes de menores en situaciones de abuso. Vale la pena mencionar existen antecedentes de censura injustificable contra expresiones artísticas por este tipo de normas.

Entendemos que al Ministerio del Interior no le corresponde ni está capacitado para juzgar la legalidad o ilegalidad de los contenidos en internet o de actividades sospechosas en plataformas, foros o redes sociales, eso debe analizarlo un juez.

Además, el proyecto de ley admite el bloqueo de sitios completos y no incluye ningún criterio de necesidad y proporcionalidad, por lo que se acepta como resultado secundario el bloqueo ilegítimo de contenido lícito vulnerando así la libertad de expresión. Parece ridículo pensar que si una persona menor de edad es embaucada por Internet o si se difunden fotos de contenido sexual en una red social como Facebook o X, se le otorgue la potestad al Ministerio del Interior para bloquear completamente a estas plataformas en Uruguay. Aunque, dados los mecanismos de moderación existentes en esas grandes plataformas, el mayor riesgo de censura/bloqueo total lo correrían las plataformas más pequeñas o inclusive nacionales como Mastodon Uruguay o los foros de participación abierta de diferentes comunidades locales.

Entendemos que la protección a niños, niñas y adolescentes es un tema muy serio y que amerita actuar con premura, pero otorgar a la policía la potestad de bloquear sitios web sin un control judicial es inconstitucional y es censura (art. 13 Convención Interamericana de DDHH). Desde Datysoc enviamos un documento con recomendaciones y medidas alternativas a la Comisión Especial De Innovación, Ciencia y Tecnología de la Cámara de Representantes que se encuentra tratando el tema, puedes leerlo aquí:


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